Pymes: contratar sin formalizar puede terminar en una demanda millonaria y comprometer tu patrimonio personal

Gestión Laboral Pyme

Pymes: contratar sin formalizar puede terminar en una demanda millonaria y comprometer tu patrimonio personal

Una contratación informal puede parecer una solución rápida cuando se necesita apoyo por un día, unas horas o un reemplazo. Pero si la persona trabaja bajo las instrucciones de la empresa y recibe una remuneración, la relación puede ser laboral aunque sea breve, exista confianza o no se haya firmado un contrato.

Para una pyme, las consecuencias pueden ser muy difíciles de asumir. Si el negocio funciona directamente a nombre de una persona natural, y no a través de una sociedad con personalidad jurídica propia, las consecuencias económicas pueden afectar directamente el patrimonio de quien emprende.

Qué debe hacer una pyme antes de que alguien empiece a trabajar

1. Aclarar qué tipo de relación necesita

Antes de contratar, define las funciones, el lugar de trabajo, los días y horarios, la remuneración y la duración del servicio. Si la persona prestará servicios personales bajo instrucciones y organización de la empresa, revisa si corresponde una relación laboral.

Llamar a alguien “prestador de servicios”, “colaborador” o “amigo que viene a ayudar” no determina por sí solo el tipo de relación. Lo que importa es cómo se realizará el trabajo.

2. Si la persona es extranjera, verificar que esté habilitada para trabajar

Un RUT provisorio no acredita por sí solo que una persona extranjera tenga permiso para trabajar en Chile. Antes del primer turno, revisa el documento migratorio vigente que efectivamente la habilite para realizar actividades remuneradas.

Hay situaciones en que un certificado de residencia en trámite sí permite trabajar. Por eso, verifica el documento y la autorización específicos: no supongas que basta con tener RUT, una solicitud iniciada o cualquier comprobante migratorio.

3. Dejar las condiciones laborales por escrito

El contrato debe reflejar las condiciones reales: funciones, jornada, remuneración, lugar de trabajo y duración, entre otras. Lo recomendable es tenerlo firmado antes del inicio de las labores.

El plazo legal para escriturarlo es, por regla general, de 15 días desde el ingreso. Para contratos por obra o trabajo determinado, o que duren menos de 30 días, el plazo es de 5 días. Que la persona no haya firmado todavía no significa necesariamente que no exista una relación laboral. La obligación de escriturar el contrato es del empleador.

4. Registrar el contrato y pagar las cotizaciones

Registra el contrato en el Registro Electrónico Laboral dentro del plazo correspondiente y paga las cotizaciones previsionales y de seguridad social que correspondan por las remuneraciones y el período trabajado.

Estas obligaciones también se aplican cuando la persona trabaja pocos días o pocas horas. Y si se trata de una persona extranjera, la falta de autorización para trabajar no elimina los derechos laborales ni las obligaciones de la empresa por el trabajo que efectivamente se realizó.

5. Guardar respaldo de lo acordado y pagado

Mantén los contratos, anexos, comprobantes de pago, registros de asistencia y comunicaciones sobre las funciones o cambios de jornada. Si ocurre un desacuerdo, contar con antecedentes claros puede ser decisivo para demostrar cuáles fueron las condiciones reales.

Qué riesgos asume una empresa al contratar a una persona extranjera sin permiso para ejecutar actividades remuneradas.

La contratación de una persona extranjera que no tiene permiso vigente para trabajar puede generar multas migratorias para el empleador. La ley establece multas por cada persona contratada en esa condición, según el tamaño de la empresa:

  • • Microempresa: de 1 a 20 UTM.
  • • Pequeña empresa: de 10 a 40 UTM.
  • • Mediana empresa: de 30 a 100 UTM.
  • • Gran empresa: de 60 a 200 UTM.

Estas multas se suman a las obligaciones laborales y previsionales que correspondan. La empresa no puede evitar el pago de remuneraciones o cotizaciones alegando que la persona extranjera no tenía permiso para trabajar.

Qué puede pasar si no cumplo con mis obligaciones como empleador.

Si no se formaliza la relación, la empresa puede enfrentar reclamos por remuneraciones, cotizaciones u otros derechos laborales, además de multas por incumplimientos. Si ocurre un accidente o una enfermedad relacionada con el trabajo, la falta de documentación puede agravar el conflicto y dificultar la respuesta de la empresa.

La confianza, el parentesco o la amistad no reemplazan los acuerdos laborales. Si una persona trabaja bajo instrucciones, cumple un horario o recibe una remuneración, conviene revisar y formalizar correctamente la relación antes de que el problema aparezca.

Una contratación breve también debe hacerse bien

La forma más segura de proteger a la pyme es revisar la autorización para trabajar cuando corresponda, dejar las condiciones por escrito, registrar el contrato, pagar las cotizaciones y conservar los respaldos. Un día de trabajo puede bastar para generar obligaciones; la informalidad puede dejar una deuda que la empresa no estaba preparada para enfrentar.

Asesoría Profesional

En CYG Group asesoramos a pymes en la contratación de trabajadores, la revisión de documentación laboral y el cumplimiento de sus obligaciones laborales y previsionales.